Tribunal Ambiental oficia al SEA de Coquimbo a responder resolución que dio origen a calificación ambiental favorable de Dominga

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Nancy Dumán, ex candidata a la Convención Constituyente y representante en Chile de la Organización Sphenisco, interpuso -como persona natural- una acción Nulidad de Derecho Público, contra la aprobación de la COEVA de Coquimbo al Estudio de Impacto Ambiental del proyecto minero-portuario.

Nuevamente, el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta (1TA) revisará una causa asociada al proyecto minero-portuario Dominga. Será la tercera vez. Y es que a diferencia de las instancias anteriores, la justicia especializada en la materia, con sede en la Segunda Región, decidió admitir a trámite una acción de Nulidad de Derecho Público (NDP) en contra de calificación ambiental favorable de la iniciativa de US$2.500 millones que considera obras, partes y actividades en la comuna de La Higuera.
El escrito, caratulado como O-1-2022, fue ingresado al tribunal por Nancy Duman, ex candidata a la Convención Constituyente y representante en Chile de la Organización Sphenisco, que según los antecedentes “participó en el proceso en el que se reciben observaciones ciudadanas en el marco de la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Dominga”.
Eso si, la acción fue interpuesta, a través de la abogada Paulin Silva, como persona natural, ya que la organización no cuenta con personalidad jurídica en el país.
Lo que busca Duman es demostrar una presunta “ineficacia o irregularidad” jurídica en el procedimiento llevado a cabo por la Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA) de la Región de Coquimbo. La fundamentación del recurso radica en el espacio territorial de la Reserva Nacional Pingüino de Humboldt, el que no solo contemplaría la región de Coquimbo, sino también a Atacama, situación por la que el proyecto – a juicio de quien presentó la acción- debió ser evaluado por el Servicio de Evaluación Ambiental y no por la comisión de la región.
El pasado 05 de octubre, la ministra presidenta del 1TA, Sandra Álvarez, ofició al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) en Coquimbo, a informar la materia requerida dentro de un plazo de 10 días hábiles, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la Ley N.º 20.600. Asimismo, el SEA deberá adjuntar expediente administrativo que dio lugar a la dictación de la Resolución Exenta N.º 161, del 24 de agosto del 2021, de la COEVA.
En este contexto, Duman aseguró que se debió considerar que “la Reserva Nacional Pingüino de Humboldt constituye un ecosistema único, indivisible, territorialmente infragmentable”. Esta situación, supuestamente fundamentaría que el SEA de la Región de Coquimbo debió haberse “abstenido” de seguir conociendo la evaluación, hasta esperar el pronunciamiento del nivel central debido a lo que sería una evidente birregionalidad ambiental del proyecto.
Además, se sostiene que el Estado y particularmente el Servicio de Evaluación Ambiental deben “tener una posición garante respecto de los territorios y ecosistemas con valor ambiental, al ser un patrimonio de la Nación, por lo que tendrían el deber de preservar dichos territorios y ecosistemas durante la evaluación de impacto ambiental”.
Asimismo, se argumenta que “resulta esencial, determinar concretamente, sobre quien o que organismos recae el deber de la debida diligencia en la evaluación de impacto ambiental, respecto de aquellos proyectos y/o actividades que pretenden emplazarse en territorios con valor ambiental, y que, por sus características, indiscutiblemente constituyen patrimonio ambiental nacional”.