Panel de Concesiones cita al MOP y Sacyr por obras no realizadas en Ruta 43 para resolver disputa en abril

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Según el Ministerio de Obras Públicas existe una serie de ahorros, por unos US$15,7 millones, que la empresa Rutas del Limarí no desarrolló a nivel de inversiones, mantención, conservación, operación, explotación y seguros, todo lo cual generó un saldo en favor para la cartera pública.

El presidente del Panel Técnico de Concesiones, Fernando Abara, citó a una audiencia pública al Ministerio de Obras Públicas (MOP) y a representantes de la empresa concesionaria Rutas de Algarrobo, controlada por el grupo Sacyr, por la controversia de una serie de obras no ejecutadas en la Ruta 43, donde la cartera solicita reintegrar unos US$15,7 millones del contrato.
El encuentro está fijado para el 8 de marzo de 2022, a las 9:30 horas, mediante mecanismo de videoconferencia, para lo cual ambas partes deberán determinar e informar de un máximo de tres expositores que concurrirán en representación de ambas partes.
Tanto el MOP como Sacyr tendrán un tiempo estimado de 30 minutos para entregar los antecedentes, con un receso de 15 minutos en cada intervención. Posteriormente, habrá 15 minutos paras la formulación de preguntas.
La discrepancia entre el MOP y Sacyr se refiere a la determinación del monto de ahorro para la Ruta de Limarí, y el consecuente saldo a favor del MOP, derivado de la eliminación de la obligación de ejecutar la obra denominada “Modificación Ancho de Calzada en Ruta 43, Tramo 3, Sector Pan de Azúcar”, para lo cual se considera además los recursos para la mantención, conservación, explotación y seguros asociados.
Para ello, el Panel Técnico de Concesiones acordó un “Programa de Trabajo” para el análisis de esta discrepancia, resolviendo no solo la fecha de la audiencia pública, sino que también la forma en que se recibirán los antecedentes y se practicarán las notificaciones.
En ese sentido, los plazos establecidos para que emita su recomendación era inicialmente de 30 días corridos, en virtud del artículo 36 inciso 2° de la Ley de Concesiones. Ello debía finalizar el 09 de marzo.
Sin embargo, la institución liderada por Abara dispuso de una prorroga por otros 30 días corridos, los que vencerá el 08 de abril.
El contrato “Concesión para el Mejoramiento y Conservación de la Ruta 43, de la región de Coquimbo”, contempló un total de 86 kilómetros de caminos pavimentados entre las ciudades de Ovalle y Coquimbo, además de la construcción de aceras, ciclovías, paisajismo e iluminación, con objeto de aumentar la seguridad vial, ahorrar tiempos de desplazamiento y costos operacionales.

La obra fue adjudicada el 6 de marzo de 2013.
Para el MOP, la opinión del Panel Técnico de Concesiones permitirá no solo obtener una recomendación independiente del monto de estos ahorros, sino también reinvertir esos dineros en obras que se deben ejecutar en dicho contrato, a través de una constructora contratada en un procedimiento de licitación pública.
En su defecto será los recursos recaerán al Fisco como una forma de indemnización.

¿Cuáles son las competencias del Panel Técnico de Concesiones?
El Panel Técnico de Concesiones tiene por competencias para conocer materias relacionadas con discrepancias técnicas o económicas durante la ejecución de un contrato de concesión. Además, debe pronunciarse en aquellos casos en que el concesionario y el Ministerio de Obras Públicas acuerden el rediseño o complementación de una obra concesionada, de tal modo que el total de las inversiones adicionales, durante dicha etapa, superen el 25% del presupuesto oficial de la obra.
También posee la facultad de requerir información a las partes sobre la ejecución del contrato de concesión durante la etapa de construcción. A contar de noviembre de 2017, con la publicación de la Ley N° 21.044, puede recibir consultas sobre dichas materias por parte del MOP y una o más sociedades concesionarias, en forma conjunta o separada.
Las discrepancias de carácter técnico o económico que se produzcan entre las partes durante la ejecución del contrato de concesión, pueden someterse a la consideración del Panel Técnico a solicitud de cualquiera de ellas, quien emite recomendaciones técnicas debidamente fundadas.
Para ello, se realiza la evaluación técnica y económica de las inversiones realizadas por el concesionario, de su estado de avance, de sus costos y plazos, conforme a los niveles de servicios y estándares técnicos establecidos para la respectiva concesión; se determina la existencia de costos adicionales y sus causas económicas, técnicas o de gestión, o de otros hechos o circunstancias que técnicamente afecten o puedan afectar el normal desarrollo de las obras durante la etapa de construcción, y fija los efectos económicos que tendría en la concesión la realización de obras adicionales.

La instancia está integrada por dos abogados, dos ingenieros y un profesional especializado en ciencias económicas o financieras, de trayectoria profesional o académica, en las materias del sector de concesiones, de infraestructura, según corresponda. Para ello, cada miembro es nombrado por Alta Dirección Pública, mediante concurso de antecedentes, constatando la idoneidad de los profesionales elegidos y la ausencia de inhabilidades e incompatibilidades que les afecten.
Los integrantes del Panel Técnico, permanecen seis años en sus cargos y no pueden ser designados para períodos sucesivos. Su renovación se efectúa parcialmente cada tres años, empezando por los dos abogados. Son estos integrantes, quienes eligen a la persona que presidie la institución, por tres años. El Presidente es de dedicación exclusiva, pudiendo ejercer actividades académicas en universidades reconocidas por el Estado.