Cotizaciones impagas, abandono de deberes y omisión de información: las razones de la salida de Jacob al mando de La Serena

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Si bien el ex jefe comunal apelará a la decisión, la sentencia lo dejó impedido de ejercer cargos públicos por los próximos cinco años. El pronunciamiento de la justicia electoral, tiene como antecedentes el dictamen de la Contraloría General de la República que fiscalizó el grave deterioro financiero de la Corporación Gabriel González Videla.

Finalmente se cerró un proceso que viene arrastrándose desde abril del 2022. Ese mes, los concejales Daniel Palominos, Camilo Araya, Daniela Molina y Rayen Pojomovsky interpusieron -a través del abogado Ricardo Sacaan- una denuncia contra el alcalde de La Serena, Roberto Jacob, acosando varias infracciones en su gestión, entre ellas notable abandono de deberes. Ello, ante el Tribunal Electoral Regional (TER)

Y es que durante la semana pasada se sabía que era inminente la publicación de la sentencia, finalmente el TER decidió remover a Jacob al mando del sillón edilicio. “Sobre el fondo de su acción, indican que las acciones u omisiones constitutivas de notable abandono de deberes imputadas al requerido consisten en haber incurrido en forma reiterada en las conductas descritas (…) transgredir inexcusablemente, en forma manifiesta o reiterada, las obligaciones que le imponen la Constitución y las demás normas que regulan el funcionamiento municipal y la de no haber pagado íntegra y oportunamente las cotizaciones previsionales correspondientes a sus funcionarios o a trabajadores de los servicios traspasado y de aquellos servicios incorporados a la gestión municipal”, indicó el texto de 108 páginas emanado por la justicia electoral.
El documento agregó que la no rendición de cuentas al Concejo Municipal del estado financiero de la Corporación Municipal Gabriel González Videla también inclinó la balanza contra el ex jefe comunal, y sumó que Jacob no podrá ejercer cargos públicos por los próximos cinco años.
“Debe dejarse plenamente establecido que el análisis de los hechos y su ponderación contenido en los capítulos viene a demostrar que las actuaciones del Alcalde Roberto Jacob Jure constituyen una transgresión grave y reiterada de las obligaciones que le impone la ley, a consecuencia de lo cual, ha transgredido de manera manifiesta e inexcusable”, subrayó el documento.

El saliente edil instruyó a su abogado para que interpusiera un recurso ante el TRICEL (Tribunal Calificador de Elecciones), argumentando que nunca ha existido un dolo en su actuar. “Dejo claro, así como lo hice desde el inicio de este proceso, que aquí no existe bajo ningún término corrupción. No hay robo, ni apropiación indebida ni malversación de fondos, lo que hemos acreditado con toda la documentación correspondiente”, señaló en una declaración pública.
Los argumentos de los concejales acusadores vienen del dictamen de la Contraloría General de la República y se relaciona con el complejo estado financiero de la Corporación Gabriel González Videla, alcanzando la deuda total, contando desde el 2016 -según indicó Sacaan- a 31 mil millones de pesos.

De acuerdo al jurista, si bien el alcalde puede apelar, es poco probable e incluso imposible que retome su labor de alcalde: “Él queda removido de su cargo automáticamente cuando reciba la notificación del receptor judicial. Si bien tiene la posibilidad de apelar ante el TRICEL en un plazo de 5 días hábiles, igualmente mientras se resuelve la apelación tiene que salir, desocupar su oficina, independiente de lo que pase después, y aunque esté pendiente el recurso de apelación”.

Según el profesional, el recurso de apelación se va demorar en resolverse más allá del 06 de diciembre, que es el plazo en que debería asumir una nueva autoridad. explica. Así, este periodo será asumido por el administrador municipal, Luis Henríquez,, teniendo 10 días hábiles para citar a un concejo extraordinario en el que los propios concejales van a proceder a votar por un alcalde suplente.
En ese sentido, el concejal que asuma, debe hacerlos por mayoría absoluta. De no existir ese quórum, la votación debe repetirse entre los dos más votados, y si estos llegan a empatar, quedaría designado como edil suplente el que, entre los dos, haya obtenido la mayor votación en la elección anterior.

Para la concejala Pojomovsky la justicia electoral dio una señal clara que la institucionalidad funcionan y consideró que a partir de este fallo, “lo fundamental que es que las concejalías cumplan rol fiscalizador “. Sin embargo, igualmente esbozó que las responsabilidades provienen de administraciones anteriores.
“Aquí no hay ni perdedores ni ganadores, este fue un requerimiento que pusimos cuatro concejales, que lo podríamos haber puesto los 10, pero no fue así. Nos basamos en el informe de Contraloría, estimamos que hubo un notable abandono de deberes y recurrimos a la ley siguiendo todos los conductos regulares”, afirmó el concejal Araya.