Corte Suprema evaluará recursos de casación contra Dominga, pero cierra la puerta a informes del INDH y Oceana

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Paralelamente, en el Diario Oficial salió publicado la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable, por lo que si alguna persona, natural o jurídica, considera que su observación no ha sido debidamente considerada dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para presentar recurso de reclamación al Comité de Ministros.

El 20 de septiembre de este año, los ministros de la Corte Suprema Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales y Eliana Quezada, evacuaron un escrito en la causa que enfrenta a la organización conservacionista Oceana y una serie de personas naturales contra el proyecto Dominga.
Esta es una de las aristas que la iniciativa minero-portuaria mantiene abierta a pesar de que ya se produjo la reciente votación (11/08) en la Comisión Regional de Evaluación Ambiental (COEVA) de Coquimbo que aprobó el proyecto.

Hay que recordar que fue el Tribunal Ambiental de Antofagasta el que dió paso a esta última votación luego de aceptar la reclamación de Andes Iron, titular de Dominga, contra el Servicio de Evaluación Ambiental por el anterior proceso que rechazó la iniciativa. Ese fallo consideró que la empresa entregó la información suficiente de sus impactos y ordenó esta nueva votación, esta vez ajustada a derecho.
Pero aquel fallo unánime, dictado el 16 de abril de este año por los magistrados Fabrizio Queirolo, Jasna Pavlic y Juan Opazo, en Antofagasta, no dejó tranquilos a los opositores de la iniciativa de Andes Iron, quienes presentaron sus respectivos recursos de casación en la Corte Suprema para anular el dictamen del tribunal con sede en la Segunda Región. Dichos recursos sortearon la primera valla, pues se revisarán prontamente. “Tráiganse los autos en relación para conocer de los recursos de casación en la forma y en el fondo (…) Las partes podrán solicitar que los alegatos que eventualmente se ofrezcan en estos autos, se reciban por este tribunal, vía videoconferencia”, sostiene el documento.
Sin embargo, el máximo tribunal del país brindó un verdadero portazo a las solicitudes del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) que buscaba incluir aspectos legales, “en derecho”, para que fueran considerados por los ministros, además de otro ingresado por Oceana que pedía suspender los efectos de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que obtuvo Dominga en agosto de este año.

Tras cinco meses, los cuatro recursos de casación que fueron aceptados, en la forma, fueron admitidos para ser revisados en la Corte Suprema. En concreto, los recursos fueron presentados por los abogados Ezio Costa de la ONG Oceana; Macarena Soler, en representación de Marcela Rey; Javiera Calisto, por Javiera Espinoza; y por Diego Lillo también en representación de los naturales Ernesto Fredes, José Aliro Zarricueta y Cristóbal Díaz de Valdés.
Fernando Roco, abogado de la Asociación Comunal de La Higuera, parte coadyuvante en favor de Dominga, explica que “no hay ningún trámite pendiente para que la causa se agregue a la tabla (de la Corte Suprema) y luego se proceda a los alegatos.
Consultado si efectivamente habían sido admitidos, señala que “procesalmente sí, pero la discusión sobre el fondo, si son o no admisibles, la Corte lo va a resolver cuando dicte sentencia definitiva, que es donde se revolverá todo”. En cuanto a plazos, sostiene “es aventurado, pero por lo menos serán varios meses, no antes de tres o cuatro, haciendo una hipótesis porque no se puede hablar de plazos”.

El portazo al INDH
Pablo Rivera Lucero, abogado, quien representa a Sergio Micco, director del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), presentó un informe en derecho, de 56 páginas, “Amicus Curiae” (realizadas por terceros ajenos a un litigio), ante la Corte Suprema, en la causa sobre recursos de casaciones del proyecto Dominga. “Para el INDH existen varios aspectos de protección a los derechos humanos involucrados en esta decisión, no solo la conservación del medio ambiente. La presentación del escrito Amicus Curiae, busca entregar la opinión jurídica sobre la causa, para que el Excelentísimo Tribunal lo considere en su resolución”, sostuvo el INDH en un comunicado el 7 de septiembre.
En la presentación, argumentaron los alcances del derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y los deberes del Estado relativos a dicha obligación; Empresas y DDHH; consulta indígena y los estándares sobre tierras y territorios indígenas, para que el Tribunal lo considere en su resolución, en caso de que los considere pertinentes, lo que finalmente fue rechazado por el máximo tribunal del país.

Rechazo a Oceana
Mediante un escrito, Ezio Costa, abogado que representa a Oceana, había solicitado que se pueda decretar la medida precautoria de suspender la tramitación administrativa y los efectos de la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto minero portuario Dominga, es decir, que la empresa no pudiera avanzar con la obra ni con los permisos sectoriales, lo que fue rechazado por la Corte Suprema.
Al respecto, el abogado Fernando Roco, sostiene que “en mi consideración no es aplicable, porque en primer lugar que se pidió una medida precautoria y en estos casos estamos en una instancia de casación y procesalmente no corresponde y en segundo lugar, para haber paralizado los efectos de la resolución del Tribunal Ambiental de Antofagasta, lo que se debería haber hecho fue haberlo pedido al momento de la interposición de estos recursos de casación, lo que es la fianza de resulta, pero no se hizo”.
“Para haber pedido la paralización, hubo la oportunidad procesal en su minuto y no se ejerció ese derecho, por eso es que esa discusión no corresponde y en definitiva, en mi consideración, lo que se hizo por parte de la Comisión de Evaluación Ambiental jurídicamente es correcto, puesto que se dio cumplimiento a una orden de parte del Tribunal Ambiental de Antofagasta” agrega.

Comité de Ministros
En forma paralela a todo lo anterior, hay que consignar que ya salió publicado en el Diario Oficial la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable del proyecto minero portuario Dominga, por lo que según indica el mismo documento, si alguna persona, natural o jurídica, considera que su observación no ha sido debidamente considerada en los fundamentos, dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para presentar recurso de reclamación, el que deberá ser dirigido al Comité de Ministros.
El documento, de 2.683 páginas, recoge todas las observaciones y condiciones bajo las cuales fue aprobada la iniciativa durante el mes pasado, en donde se desprende que “se descartaron los efectos del proyecto sobre las áreas protegidas Reserva Nacional Pingüino de Humboldt, Reserva Marina Islas Choros – Damas y los Sitios Prioritarios para la Conservación de la Biodiversidad como la Reserva Marina Punta Choros y Punta Teatinos hasta Quebrada Honda (que incluye Isla Pájaros), las que han sido declaradas áreas de exclusión del Proyecto, no formando parte del área de influencia de este”.