Aunque la Seremi de Salud fue el único organismo que aprobó “con condiciones” en marco del proceso de evaluación, la iniciativa debe recorrer el camino para la obtención de los permisos sectoriales. En su fase de construcción requerirá unos 600 puestos de trabajo.
Durante la última sesión del año de la Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA) de Coquimbo, presidida por el delegado Presidencial, Rubén Quezada, visó -de forma unánime- el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto minero Arqueros.
La iniciativa se emplaza en el límite de las comunas de La Serena y Vicuña, en el valle de Elqui y considera una inversión de US$200 millones para la explotación y tratamiento de mineral para producir concentrado de cobre. Incluye, además, el desarrollo de una mina subterránea, una planta concentradora, un depósito de relaves y obras complementarias para el suministro de agua, energía y otros servicios.
De capitales japoneses, los titulares del proyecto Arqueros, la Compañía Minera Arqueros, ha desarrollado actividades de prospección y explotación minera en el sector de emplazamiento desde el año 2011. Para la ejecución de dichas actividades se obtuvieron los permisos ambientales (RCA) y sectoriales correspondientes cumpliendo con toda la normativa legal aplicable.
Se estima que el proyecto pueda generar más de 600 puestos de trabajo en su fase de operación.
Por otra parte, el informe de Estudio de Impacto Ambiental incorporó antecedentes nuevos con respecto a la sustentabilidad de remoción de masa y obras de mitigación en las instalaciones de riegos ambientales que fueron formulados por la Municipalidad de Vicuña. Por otro lado, el proyecto es acorde con el Plan Regulador Intercomunal (PRI) de Elqui, condicionado y restringido al Estudio de Riesgo Especifico y medidas de mitigación aprobadas por el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y coherente con la Estrategia Regional de Desarrollo (ERD) vigente. Además, la iniciativa cumplió con la normativa sanitaria, ambiental y de prevención de riesgos ante desastres.
Constanza Espinosa, seremi de Minería, explicó que la aprobación de Arqueros sigue “nuestro lineamiento como gobierno de velar por el progreso de la región, pero siempre resguardando el medio ambiente y la salud de las personas”.
“Se hicieron correcciones, se aprobaron por parte los servicios, y una vez revisados durante la comisión, se hace cargo y se comprobó que cumple con lo establecido en el artículo 11 de la ley 19.300, también se subsanan las observaciones, omisiones e inexactitudes que se plantearon en el informe consolidado (ICSARA). Una vez comprobado que eso estaba subsanado y que se cumple con la legislación ambiental, se procedió a aprobar este proyecto, por supuesto que siempre velando con el cuidado del medioambiente”, agregó.
Y añadió: “nosotros como cartera hemos tenido el discurso que minería y medio ambiente no tiene por qué ser excluyentes, sino que pueden ir creciendo juntos, mejorando los procesos, siendo más sustentables”.
Salud, la única que aprobó “con condiciones”
Durante el proceso de evaluación ambiental, la mayoría de los servicios con competencia ambiental y que integran la COEVA aprobaron el proyecto sin condiciones. En ese tenor, estuvieron las Secretarías Regionales Ministeriales de Obras Públicas, Agricultura, Medio Ambiente, Energía, Transportes, Desarrollo Social, Vivienda y Urbanismo.
Solo la Seremi de Salud efectuó reparos a su beneplácito final, argumentando que a lo largo del Informe Consolidado varias veces “el efluente generado en este sistema de tratamiento será almacenado en estanques especiales para este tipo de uso y luego utilizado para la humectación de caminos internos del Proyecto tanto en la fase de construcción como en la fase de operación, o para utilización industrial (agua de proceso)”. Al respecto, la autoridad de Salud pidió complementar con la siguiente frase “el periodo de almacenamiento del efluente tratado no podrá ser superior a dos días”, y que se requiere incluir la etapa “cierre”.
Además, solicitó rectificar respecto a lo descrito en el “almacenamiento y transporte de sustancias peligrosas”, puesto que el “Decreto Nº 43/2015 del Ministerio de Salud, sólo regula el acopio.