PUERTO Cruz Grande: Tribunal Ambiental rechaza “inspección” de Conaf por falta de obras en ejecución del proyecto

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A juicio de los magistrados Cristián Delpiano, Daniella Sfeir y Cristián López “los antecedentes que solicita tener por acompañados no resultan necesarios para la resolución del asunto controvertido: no ha lugar”.

El Segundo Tribunal Ambiental de Santiago (2TA) decidió rechazar una solicitud de Oceana para resolver la controversia que lleva adelante contra la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por una supuesta ausencia de obras en la ejecución del proyecto portuario Cruz Grande, de la Compañía Minera del Pacífico (CMP), y que a juicio de la organización ambientalista darían pie para revocar la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) de la iniciativa.
La petición fue presentada por el abogado Ezio Costa, en representación de Oceana, amparada en información obtenida por Ley de Transparencia a la Corporación Nacional Forestal (Conaf) de Coquimbo, que supuestamente constata que el personal de la oficina provincial Elqui, con fecha 17 de febrero de 2020, realizó una actividad de inspección de camino de acceso a Chungungo (Ruta D190, de la comuna de La Higuera), y una revisión del estado de avance del proyecto Cruz Grande, “no encontrando al respecto indicios de alguna obra de ejecución asociada al proyecto”.
Los datos fueron entregados por el propio director regional de Conaf, Eduardo Rodríguez, quien corrobora que funcionarios “acudieron al lugar para revisar esa obra, y de paso aprovecharon la oportunidad para chequear el proyecto, “no encontrando a esa fecha indicios” de trabajos. Sin embargo, si bien el documento fue acompañado de material fotográfico, éste correspondería más bien a las faenas desarrolladas en el camino, y no a la iniciativa de la CMP.
La respuesta de los magistrados Cristián Delpiano; Daniella Sfeir y Cristián López fue categórica: “los antecedentes que solicita tener por acompañados en calidad de medida para mejor resolver no resultan necesarios para la resolución del asunto controvertido, no ha lugar”.
El proyecto Cruz Grande consiste en la construcción y operación de un puerto minero que atenderá naves graneleras con una capacidad de hasta 300.000 de toneladas, brindando servicios de recepción, acopio y embarque de minerales, incluso a proyectos mineros que lo requieran.
La inversión será de 250 millones de dólares.
A inicios del 2020, Oceana solicita al 2TA dejar sin efecto la resolución de la SMA, que dio por iniciada la ejecución del proyecto y que, en su lugar, se declare la caducidad de la resolución de la Comisión de Evaluación de Coquimbo que calificó ambientalmente favorable la iniciativa (RCA N°10/2015).

Entre sus argumentos, la reclamante detalla que, en febrero de 2020, le solicitó al ente fiscalizador que declarara la caducidad, “ya que, al 2 de febrero de 2020 habían transcurrido los cinco años desde la notificación de la RCA sin que se hubiera iniciado la ejecución del proyecto, concurriendo de este modo, las dos circunstancias contempladas en la ley necesarias para declararla.
Sin embargo, la empresa respondió que el 28 de enero del 2020, “la compañía informó a la Superintendencia de Medio Ambiente el inicio de la fase de construcción de esta iniciativa, todo de acuerdo a la institucionalidad vigente”.
“Como CMP, queremos informar que la ejecución de Puerto Cruz Grande se está haciendo cargo de sus principales impactos, conforme a la RCA vigente. Asimismo, la compañía reitera su disposición para atender el interés ciudadano en torno al proyecto, especialmente en cuanto a líneas base, áreas de conservación y otra información que sea requerida”, concluyó la empresa en esa oportunidad.