Acción legal fue presentada por el Ejecutivo el 23 de marzo pasado por el Comité de Ministros y, a juicio del órgano judicial, cumple con los requisitos formales establecidos por la Constitución. Fue acogida por tres votos a favor y dos en contra.

Por tres votos a favor y dos en contra, el Tribunal Constitucional (TC) declaró admisible el requerimiento presentado por el Gobierno a raíz del último fallo por el proyecto minero-portuario Dominga, suspendiéndose los procedimientos ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta y el Primer Tribunal Ambiental (con sede en la misma ciudad).

De esa forma, para La Moneda representa un giro relevante en el conflicto institucional, pues apuntan a los severos daños ambientales que, según los antecedentes que exponen, causaría la instalación de esa iniciativa, valorizada en US$2.500 millones, para la explotación y producción de hierro y cobre (subproducto).
La acción legal fue impulsada el 23 de marzo por el Comité de Ministros, que representa al Gobierno en materia ambiental, luego de que el Primer Tribunal Ambiental ordenara a fines de 2024 al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) dictar una nueva resolución sobre Dominga. El Ejecutivo acusa al tribunal de exceder sus atribuciones y de invadir competencias que, por ley, corresponden exclusivamente al Comité de Ministros.
Según La Moneda, “la presentación busca resguardar las atribuciones legales del Comité de Ministros”. Y añadió que el SEA, en su rol de secretaría técnica, no tiene la facultad para reemplazar una resolución emanada de la instancia gubernamental.
La resolución del TC, emitida este martes, señala que la presentación cumple con los requisitos formales establecidos por la Constitución y la Ley Orgánica del propio tribunal, por lo que se declara admisible la contienda de competencias. Además, considerando la posibilidad de un “daño irreparable” en caso de proseguir los procedimientos judiciales en paralelo, el TC ordenó su suspensión temporal.

Respuesta
Desde la empresa Andes Iron, titular del proyecto Dominga, calificaron el requerimiento como “una nueva maniobra dilatoria” del Ejecutivo. La compañía sostiene que el fallo del Primer Tribunal Ambiental busca simplemente asegurar el cumplimiento de la sentencia del 9 de diciembre de 2024, y que la resolución del Comité de Ministros ya agotó sus competencias.
La firma solicitó además al SEA modificar el estatus del proyecto a “aprobado”.