Desde hace varios años gran parte de las empresas de distribución eléctrica cuentan con un registro de domicilios donde residen pacientes con hospitalización domiciliaria, para quienes ofrece atención especial en caso de interrupciones de suministro.
Ante la aprobación de la primera ley de electrodependientes, el Seremi de Energía, Álvaro Herrera, indicó que “esta es una noticia que les da tranquilidad a los electropendientes. Era una aspiración muy esperada por los pacientes, porque a través de esta normativa las personas que dependen de equipos eléctricos para vivir quedarán protegidos en cuanto a contar con suministro”.
La ley – que se enviará al Ejecutivo para su promulgación – asegura el suministro ininterrumpido para pacientes electrodependientes y rescata los principales puntos del acuerdo suscrito el año 2018 entre el Ministerio de Energía y las empresas distribuidoras de electricidad.
De acuerdo con lo señalado por la Cámara Alta, la nueva normativa beneficiará a cerca de 22.000 pacientes que se encuentran en esta condición, conocida también como “Ley Lucas Riquelme”, donde se establece que las empresas eléctricas no podrán cobrar por el uso de los equipos electrógenos y deberán llevar el registro de los pacientes.
El texto aprobado también estipula que son personas electrodependientes aquellas que para el tratamiento de la patología que padecen se encuentran en condición de hospitalización domiciliaria y necesitan permanecer conectadas físicamente, de forma continua o transitoria, a un elemento de uso médico, y que requieren suministro eléctrico para su funcionamiento. Sin él, estarían en riesgo vital o de secuela funcional severa grave.
La normativa establece que las empresas concesionarias del servicio público de distribución eléctrica “deberán llevar un registro de personas electrodependientes con residencia en su respectiva zona de concesión”. Y respecto de ellos deberán implementar, en forma eficaz y oportuna, las mejores soluciones técnicas disponibles para mitigar los efectos que las interrupciones de suministro eléctrico.
También se estipula que las empresas concesionarias “descontarán el consumo de energía asociado al funcionamiento de los dispositivos de uso médico que requiera una persona electrodependiente”.
Para hacer efectiva esta obligación las empresas concesionarias “deberán incorporar entre el sistema de conexión central del domicilio y los dispositivos de uso médico, un mecanismo de medición de consumo de costo de la empresa, medición que deberá ser descontada del total mensual de consumo”.
En la Región de Coquimbo los registros de la distribuidora CGE consideran a 409 personas catalogadas como pacientes electrodependientes.